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El 29 de setiembre se aprobó el Decreto 319/022 que establece las condiciones y límites para implementar el teletrabajo en las Zonas Francas y allí se dispuso que entraría en vigencia a los 60 días contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.

Posteriormente, el 14 de octubre, la Dirección Nacional de Zonas Francas (DNZF)emitió la Resolución N° 77/002 que complementaba dicho decreto. 

Ante solicitud de la Cámara de Zonas Francas, la DNZF emitió el 29 de noviembre, la Resolución 29/022 que otorga una prórroga de 30 días a la fecha previamente establecida para la entrada en vigencia de dicha normativa. De esta forma, la nueva fecha de entrada en vigencia será el 5 de enero de 2023. 

Adicionalmente, dicha resolución sustituye algunos elementos de la"Plantilla de personal dependiente". 

 

Nueva versión de la Plantilla de personal dependiente 

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