Los usuarios directos e indirectos de Zonas Francas, con contrato de usuario vigente y autorizado por la Dirección Nacional de Zonas Francas (en adelante, “DNZF”), son sujetos obligados a presentar Declaración Jurada (en adelante, “DJ”) cada dos años ante la DNZF con información relativa al cumplimiento del proyecto de inversión autorizado (art. 16 TER de la Ley ZF y art. 36 Dec. 309/018). 

Hasta el momento, la presentación de esta formalidad ocurría en formato papel, diligenciado por el Usuario a través del explotador de la zona franca utilizada. 

El 1° de octubre de 2025 la DNZF emitió la resolución N° 75/2025, modificando las formas y condiciones en las que se deberá presentar de ahora en más la DJ.

El objetivo de esta modificación es impulsar la digitalización y optimizar los procesos existentes.

La DJ seguirá presentándose cada dos años, completándose con la información correspondiente a los últimos dos ejercicios económicos completos cerrados. Su plazo de presentación vence a los cuatro meses contados desde la fecha del cierre del último ejercicio económico que corresponda informar. Esto rige durante todo el período de vigencia del respectivo contrato de usuario. 

El usuario deberá confeccionar y presentar una DJ por cada vínculo contractual que la empresa mantenga autorizado por la DNZF, ya sea como usuario directo o indirecto.

Desde el 1° de octubre del 2025, el trámite pasará a presentarse en formato digital, a través de un formulario web que podrá ser confeccionado por quien el usuario designe a esos efectos, y deberá ser firmado por un representante legal del mismo.

Para poder realizar esta gestión, deberán estar registrados en la Ventanilla Única de Inversiones (VUI), la empresa (usuaria directa o indirecta) y quién confeccionará el formulario.

Luego de completado el formulario, acorde al instructivo que se acompaña adjunto, el representante legal de la empresa deberá firmarlo electrónicamente.

Una vez completado y firmado el formulario en forma electrónica, el sistema le pedirá el pago del Timbre Profesional correspondiente. Abonado, el trámite se envía para el análisis del organismo.

Es importante destacar en esta instancia que, para la presentación de la DJ y la acreditación de la representación de quién lo firmará, se requiere cargar en el portal un Certificado Notarial con no más de 12 meses de emitido.

Desde RSM, estamos a disposición para ayudarlo en esta gestión y dar respuesta a sus dudas.

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