El 28 de noviembre de 2026 vence el plazo para regularizar relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas y acceder a los beneficios previstos por la normativa vigente.
El Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), establecido por la Ley de Modernización Laboral N.º 27.802 y reglamentado por el Decreto 409/2026 y la Resolución General ARCA 5862/2026, ofrece a los empleadores del sector privado la posibilidad de regularizar relaciones laborales y acceder a importantes beneficios económicos, previsionales y registrales.
El régimen contempla la condonación de determinadas deudas de la seguridad social, alternativas para cancelar los importes remanentes y beneficios vinculados con sanciones e infracciones laborales, sujetos al cumplimiento de los requisitos establecidos.
¿Qué relaciones laborales pueden regularizarse?
El PER alcanza a relaciones laborales iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026, inclusive, que se encuentren vigentes al momento de la adhesión.
Comprende:
- Relaciones laborales no registradas: trabajadores que no fueron debidamente inscriptos.
- Relaciones laborales deficientemente registradas: situaciones en las que se declaró una fecha de ingreso posterior a la real o una remuneración inferior a la efectivamente percibida.
También pueden incluirse determinadas relaciones laborales detectadas mediante inspecciones, aun cuando existan controversias administrativas o judiciales, conforme a las condiciones de la normativa.
Principales beneficios del régimen
Condonación de deudas de la seguridad social
Los porcentajes de condonación de capital e intereses de las obligaciones alcanzadas varían según la categoría del empleador:
Categoría | Condonación |
Micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro | 90% |
Medianas empresas, tramos 1 y 2 | 80% |
Demás empleadores | 70% |
Adicionalmente, el régimen establece una condonación del 100% de las deudas comprendidas correspondientes al Sistema Nacional del Seguro de Salud, al Régimen de Riesgos del Trabajo y al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
Las empresas MiPyME deberán cumplir con los requisitos de caracterización y certificación establecidos.
Alternativas para cancelar la deuda no condonada
Los empleadores podrán optar por:
Pago al contado: reducción adicional del 50% de la deuda remanente alcanzada, conforme a la reglamentación.
Plan de facilidades de pago: financiación con una tasa de interés mensual del 1%, según las siguientes condiciones:
Categoría | Cuotas máximas | Pago a cuenta |
Micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro | 72 | 3% |
Medianas empresas, tramos 1 y 2 | 48 | 4% |
Demás empleadores | 36 | 5% |
El importe mínimo del pago a cuenta y de cada cuota es de $50.000.
Otros efectos de la regularización
El régimen contempla, bajo determinadas condiciones:
- Extinción de la acción penal por delitos vinculados con las obligaciones comprendidas, siempre que no exista sentencia firme a la fecha de adhesión.
- Condonación de determinadas infracciones, multas y sanciones.
- Baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) respecto de las infracciones alcanzadas.
- Reconocimiento de hasta 60 meses de servicios con aportes, o el período menor regularizado, para determinadas prestaciones previsionales y por desempleo.
La procedencia y conservación de estos beneficios dependen del cumplimiento de las condiciones legales y de las obligaciones de pago correspondientes.
¿Cómo se realiza la regularización?
La Resolución General ARCA 5862/2026 establece los procedimientos que deberán seguir los empleadores, incluyendo:
Identificación de las relaciones laborales alcanzadas.
Registración o rectificación de los datos laborales mediante Simplificación Registral.
Presentación de declaraciones juradas originales o rectificativas, según corresponda.
Determinación de las obligaciones y los porcentajes de condonación aplicables.
Cancelación de la deuda remanente o adhesión al plan de facilidades de pago.
Fecha límite: 28 de noviembre de 2026
La regularización de las relaciones laborales y la cancelación o incorporación de la deuda no condonada a un plan de facilidades deberán realizarse hasta el 28 de noviembre de 2026, inclusive.
El régimen puede comprender obligaciones devengadas hasta octubre de 2026, de acuerdo con las disposiciones vigentes.
Ante la proximidad del vencimiento, resulta importante que las organizaciones evalúen su situación laboral y previsional para identificar posibles contingencias y determinar las alternativas disponibles.
Marco normativo: Ley 27.802, Título XXII; Decreto 409/2026; Resolución General ARCA 5862/2026.
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Enzo Del Ben
Director Payroll | RSM Argentina
enzo.delben@rsmargentina.com.ar
¿Cómo puede acompañarte RSM Argentina?
En RSM Argentina contamos con profesionales especializados en Payroll, seguridad social y asesoramiento laboral para acompañar a las empresas en el proceso de regularización.
Nuestro equipo brinda asistencia en el relevamiento de la nómina, la evaluación de los requisitos del régimen, la determinación de las obligaciones y beneficios aplicables y la preparación de las presentaciones correspondientes ante ARCA.
Una evaluación anticipada permite aprovechar las alternativas previstas por la normativa y fortalecer el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.
Para más información, contactá a nuestros especialistas: laboral@rsmargentina.com.ar
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