Autor: Luisa Fernanda Rodríguez

El Congreso de la República aprobó la ley de desconexión laboral, la cual tiene como fin principal regular el derecho que tienen todos los empleados con relación laboral en cualquiera de sus modalidades, a desconectarse de sus labores en las siguientes situaciones:

  • Cuando termine su jornada laboral
  • Por extensión de la jornada laboral
  • Permisos o licencias ya sea remunerada o no
  • Período de vacaciones.

 

Desconectarse quiere decir no recibir llamadas, mensajes de texto, whatsapp, chats corporativos o cualquier otro medio de comunicación que sea utilizado para fines laborales.

 

La desconexión laboral se convirtió en un derecho del cual pueden disfrutar tanto los trabajadores del sector público o privado, el goce del mismo dependerá de la naturaleza del cargo o las excepciones que consagra la norma para la jornada máxima legal implementada en Colombia, esto es:

 

  • Empleados de dirección, confianza y manejo.
  • Aquellos considerados de disponibilidad permanente, a saber: fuerza pública y organismos de socorro.
  • Cuando se presenten situaciones de fuerza mayor o caso fortuito que requieran de la atención de los empleados en horarios diferentes a los laborales y que sean necesarios para la operación de la empresa o entidad.

 

La ley de desconexión laboral dispuso que el empleador deberá contar con una política de carácter general y de obligatorio cumplimiento en la cual se estipule la forma en que se hará goce de este derecho con base en los horarios laborales establecidos incluyendo el manejo o utilización de las tecnologías de la información en el entorno laboral de cada compañía o entidad. Esta política deberá contener también el procedimiento a implementar con relación a interposición de quejas por la vulneración de este derecho además del trámite de estas y las respectivas formulas de solución de controversias que se presenten en virtud de las quejas en mención.